El Ministerio de Trabajo dio a conocer este jueves la lista de los días feriados del año 2014, en los cuales no se laborará en cumplimiento a la Ley 139-97. El calendario tiene 12 días en esa condición.
A través de una nota de prensa, la entidad señala que que el día 1 de enero, fecha en que se celebra la festividad del Año Nuevo, se mantiene inamovible; del mismo modo no se cambia el 6 de enero, Día de Los Santos Reyes.
El martes 21, día de Nuestra Señora de la Altagracia, no se cambia tampoco, así como el domingo 26 de enero, fecha en que se conmemora el natalicio de Juan Pablo Duarte, Padre de la Patria y el jueves 27 de febrero, Día de la Independencia, son inamovibles y no laborables.
En relación al Viernes Santo, festividad religiosa en que se conmemora la muerte de Jesucristo, también indica que no se cambia, por lo que se mantiene el viernes 18 de abril.
En tanto, el Día del Trabajo, que se celebra cada año el día 1 de mayo con carácter no laborable, se traspasa para el lunes 5 de mayo.
Asimismo el Ministerio de Trabajo informa que la festividad religiosa Corpus Cristi, que en el año 2014 se celebra el jueves 19 de junio, no se cambia; además dice que también es inamovible el Día de la Restauración, correspondiente al sábado 16 agosto.
Igualmente, la institución indica que el miércoles 24 de septiembre, Día de Las Mercedes, será celebrado en la misma fecha, por lo que no se cambia; en tanto el día de la Constitución que se celebra el 6 de noviembre, será laborable y se cambia para el lunes 10 de noviembre, día que no se trabajará.
La nota del Ministerio de Trabajo precisa que el jueves 25 de diciembre, día en que se conmemora el Nacimiento de Jesús (Día de Navidad), no se cambia y será no laborable.
Fuente: El Caribe
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